Pymes: ARCA oficializó freno a embargos

La formalización llegó con dos resoluciones publicadas este jueves en el Boletín Oficial. Las medidas forman parte del esquema de alivio fiscal anunciado por Luis Caputo.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó dos de las medidas anunciadas por el ministro de Economía, Luis Caputo, para aliviar la situación financiera de las pymes y que puedan regularizar sus deudas.

Así, el organismo dispuso la suspensión de los juicios y los embargos hasta el 30 de junio de 2027 para las micro, medianas y pequeñas empresas (Mipymes) así como para los pequeños contribuyentes. Además, amplió el alcance y el plazo de adhesión al plan de facilidades de pago de deudas en hasta 18 cuotas.

Las medidas fueron formalizadas este jueves a través de las resoluciones 5923 y 5924, publicadas en el Boletín Oficial.

La suspensión de los embargos era uno de los principales reclamos que plantearon los industriales, que alertaban por la velocidad con la que ARCA iniciaba los procedimientos.

Los empresarios advertían que el bloqueo de fondos podía complicar el pago de salarios, proveedores y otras obligaciones corrientes.

Mediante la resolución 5923, ARCA extiendió hasta el 30 de junio de 2027 inclusive la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares, como los embargos.

La medida contempla a los siguientes contribuyentes:

  • Micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) de los tramos 1 y 2. Deben contar con el Certificado MiPyME vigente al 29 de octubre de 2026.
  • Pequeños contribuyentes como personas humanas y sucesiones indivisas.

La suspensión de los embargos había sido anunciada por el ministro de Economía, Luis Caputo, durante la 32° Conferencia de la UIA.

“Entendemos que las pymes tienen un problema financiero y tienen un problema con los embargos. Esto no es un plan platita”, sostuvo Caputo.

En las resoluciones de este jueves, ARCA aclaró que podrá avanzar con juicios o embargos “en los casos de grave afectación de los intereses del Fisco, caducidad de instancia o prescripción inminente”.

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