FATE: la Justicia ordena pagar los sueldos

Según advierte el fallo, el convenio entre la empresa y SUTNA tiene total validez.

La Sala 2 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo falló a favor de los trabajadores de FATE y ordenó el pago de los salarios correspondientes. El fallo judicial manifestó que el convenio suscripto entre la empresa de neumáticos y el SUTNA en mayo del 2025 tiene total validez, según confirmó e titular del sindicato, Alejandro Crespo.

De esta manera, la resolución judicial estableció que corresponde abonar los sueldos a todos los empleados que formaban parte de la nómina al momento de la firma de ese acuerdo, en un conflicto que llevaba meses de tensión entre la compañía y el gremio.

El conflicto se inició a partir de una acción de amparo presentada por el SUTNA, en la que el gremio reclamó la nulidad de una serie de despidos dispuestos en febrero y exigió que se garantice el pago de salarios hasta el final del acuerdo vigente. En ese contexto, también solicitó una cautelar para asegurar el cobro de los sueldos, que había sido rechazada en primera instancia y luego apelada.

Al analizar el caso, el juez José Alejandro Sudera sostuvo que “la circunstancia de que la medida cautelar coincida en su objeto […] con lo que eventualmente sea materia de la cuestión de fondo, no impide viabilizar un planteo como el formulado”, en línea con precedentes de la Corte Suprema.

El magistrado, con la adhesión de la camarista Andrea Vior, recordó que las medidas cautelares pueden concederse aun cuando coincidan con el objeto principal del litigio, siempre que se acrediten la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora.

En ese sentido, destacó que la prueba incorporada acredita, en principio, la existencia de un acuerdo homologado en el que Fate asumió “el compromiso de no producir despidos de trabajadores sin causa” hasta junio de 2026, elemento que la Cámara consideró clave para validar el reclamo del gremio.

También se tuvo en cuenta que la autoridad administrativa dictó y prorrogó la conciliación obligatoria, y que el Ministerio de Capital Humano anunció sanciones contra la empresa por la falta de pago de salarios.

Respecto del peligro en la demora, Sudera fue contundente: “encontrándose en juego el pago de salarios de más de novecientos trabajadores me resultaría vergonzoso extenderme en explicaciones sobre el requisito en cuestión”.

El fallo además reconoció la legitimación del sindicato para impulsar la medida, al señalar que cuenta con facultades para “defender y representar […] los intereses individuales y colectivos de los trabajadores”.

Con estos argumentos, la Cámara ordenó a Fate abonar los salarios adeudados mientras continúa el trámite de la causa principal, en una decisión que no define el fondo del conflicto pero busca evitar un perjuicio mayor para los trabajadores y garantizar el cumplimiento del acuerdo vigente.

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