La Reforma Laboral llega con 28 modificaciones al Senado

La propuesta apunta a reformular aspectos centrales del régimen laboral argentino.

El proyecto de reforma laboral, bautizado por el Gobierno como de «Modernización laboral», llega este miércoles al recinto del Senado de la Nación con 28 modificaciones, luego de las negociaciones que el Poder Ejecutivo llevó a cabo con bloques dialoguistas y gobernadores provinciales, según confirmó en conferencia de prensa la jefa del bloque de La Libertad Avanza, Patricia Bullrich.

La propuesta apunta a reformular aspectos centrales del régimen laboral argentino, con foco en la reducción de la litigiosidad, la actualización de créditos laborales, nuevos mecanismos de desvinculación y estímulos para la inversión y el empleo formal.

Uno de los ejes centrales es la redefinición de la “mejor remuneración” para el cálculo indemnizatorio. El texto establece que solo se considerarán conceptos mensuales, normales y habituales, excluyendo ítems no mensuales como el aguinaldo (SAC) o las vacaciones.

Además, se fija que la indemnización será la única reparación por despido sin causa, lo que busca limitar reclamos adicionales.

El proyecto introduce un sistema claro de actualización de créditos laborales basado en el IPC más un 3% anual, con el objetivo de dar previsibilidad tanto a trabajadores como a empleadores.

Se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), destinado a cubrir costos de desvinculación y obligaciones indemnizatorias.

El aporte estará a cargo del empleador:

  • 1% mensual para grandes empresas
  • 2,5% mensual para mipymes

El fondo será un patrimonio separado, inembargable, inajenable y de afectación específica.

La registración laboral ante ARCA será considerada suficiente, sin que otras autoridades puedan exigir requisitos adicionales.

También se habilita la digitalización de libros laborales, que deberán conservarse por 10 años y tendrán plena validez legal.

El texto redefine qué conceptos se consideran beneficios sociales no remunerativos, incluyendo comedor, reintegros médicos, guardería, útiles escolares y capacitación, entre otros.

En materia de jornada laboral, se habilita el banco de horas mediante acuerdo voluntario entre empleador y trabajador, permitiendo una distribución más flexible del tiempo de trabajo.

Se amplía el período para otorgar vacaciones entre el 1° de octubre y el 30 de abril, con posibilidad de acordarlas fuera de temporada. También se permite el fraccionamiento, con un mínimo de siete días.

En cuanto a la licencia por enfermedad, se refuerza el derecho del empleador al control médico y a la conformación de juntas médicas con nuevas reglas.

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